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INFORMACIÓN IMPORTANTE COVID-19

El bienestar de nuestros huéspedes, empleados y proveedores es nuestra máxima prioridad.
Nos preocupamos profundamente por su salud y seguridad. En esta sección, encontrará información relevante vinculada al ​Protocolo para Alojamientos Turísticos de la Provincia de San Luis. 

Algunos ítems del Protocolo para Alojamientos Turísticos de la Prov. de San Luis


4.- Requisitos Generales:

4.2.- Se recomienda a personas mayores de 60 años, personas con factores de riesgo, embarazo, evitar en la medida de lo posible la asistencia a los locales alcanzados por el presente protocolo.

4.3.- El uso del tapaboca es Obligatorio en los espacios comunes. Su uso no reemplaza las medidas de distanciamiento social (mínimo 2 metros), pero debe considerarse como una medida adicional cuando transitoriamente no sea posible mantener la distancia de seguridad mínima como así también mientras se circula o se comparte espacios en común. El “tapabocas” hace referencia a dispositivos de tela reutilizables que deben cubrir por completo la nariz, boca y mentón y que se emplean como medida adicional para reducir la posibilidad de transmisión de COVID-19 (ver Protocolo Uso de Distintos tipos de Tapaboca).

4.7.- Será de exhibición obligatoria por parte de los empleadores, en cada una de las áreas del local y en lugares fácilmente visibles (pisos y paredes), cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento social, prohibición de contacto físico al saludarse, prohibición de compartir cubiertos, vasos, u objetos personales que se llevan a la boca o se manipulan con las manos y todo aquello que se considere necesario para el resguardo y protección ante COVID-19. Esto debe además complementarse con otras modalidades (información en página web, redes sociales, por correo electrónico o por teléfono, entre otras) para informar a los trabajadores acerca de las medidas de higiene y seguridad adoptadas por el establecimiento. Se debe verificar la conservación y reposición de dicha información, en caso de deterioro o pérdida, como la capacitación constante del personal.

4.9.- Dividir la zona de ingreso y egreso. En lo posible que sean independientes sino se deberá señalizar con cintas adhesivas u otro método el sentido de la circulación, disponiendo al ingreso, alcohol en gel y/o solución de alcohol al 70%, a toda persona que ingrese deberá desinfectarse las manos

4.10.- Se deberán colocar 2 trapos de piso con lavandina al 0,1% (20 en 1000). El primero será colocado del lado de afuera de la puerta de ingreso, debiéndose limpiar el calzado toda persona que ingrese al mismo. El segundo, estará dentro del local, y se deberá repetir la limpieza del calzado. Los trapos de piso con lavandina se lavarán en promedio cada 2 horas.

4.14.- Fomentar el pago con tarjetas de Débito, Crédito y/o Medios Electrónicos de Pago. En todos los casos el comerciante y el cliente deberán higienizarse las manos de manera inmediata luego de la manipulación del dinero, tarjetas, lapiceras, etc.

4.15.- Los establecimientos alcanzados por el presente protocolo deberán cumplir con lo establecido por la Ley Nacional de Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco N° 26.687 Capítulo VI (Protección ambiental contra el humo del producto elaborados con tabaco) Art. 23 Se prohíbe fumar en: a) Lugares de trabajo cerrados protegidos por la ley 19.587 de Higiene y Seguridad del Trabajo; b) Lugares cerrados de acceso público;…. Ley que regula el consumo de tabaco en la Argentina, y por Ley Antitabaquismo Nº III-0723-2010 Capítulo V Prohibiciones, Art. 12: Queda prohibido fumar: b) En el interior de lugares cerrados privados, de carácter público como centros y tiendas comerciales, restaurantes, bares, discotecas, supermercados y bibliotecas; de igual forma quedan incluidas en el presente Artículo las salas de exhibición, de convenciones, museos, establecimientos educativos, cines, teatros y estadios ya sea que se exhiban eventos deportivos o artísticos. En este sentido se deben tomar máximos recaudos en prevención de enfermedades respiratorias, las que se relacionan con el consumo de tabaco, definiéndose con un mayor riesgo de gravedad para aquellos pacientes que padecen COVID-19. Es recomendable NO FUMAR en ambientes al aire libre de concurrencia de personas, en pos de resguardo de la salud.

4.16.- En caso de toser o estornudar, hacerlo cubriéndose con el pliegue del codo, para evitar propagación de fluidos, proceder a lavarse y/o desinfectar las manos

5.- Requisitos generales para los trabajadores:

5.1.- Se deberá clasificar, en la medida de lo posible, al personal de trabajo según el área en la que se desempeñe, pudiendo distinguir alguna de ellas: cocineros, ayudantes, recepcionistas, mozos, personal de limpieza, personal de mantenimiento.

5.2.- Será de uso obligatorio durante toda la jornada de trabajo el uso de barbijos y antiparra o barbijos y mascarilla según la zona en la que desarrolle su labor.

5. 3.- No podrá ingresar al establecimiento ningún trabajador que presente síntomas compatibles con COVID-19 (fiebre, tos, dolor de garganta, etc.). Para ello el departamento de Recursos Humanos deberá implementar mediante técnicas sencillas como: medición de temperatura sin contacto por medio de termómetros infrarrojos y/o por medio de cuestionarios sencillos el monitoreo de las personas trabajadoras. En el caso de que una persona manifieste síntomas deberá llamar al 107 y establecer medidas para aislar a la persona, para lo cual se sugiere se designe un lugar para tal fin.

5.13.- Cuando corresponda y de ser posible, asignar turnos a clientes y proveedores en forma electrónica (por teléfono/correo electrónico).

6.- Requisitos para la recepción:

6. 3.- Gestión de reservas: Informar las medidas preventivas que el alojamiento toma para preservar su seguridad y salud, como así también que es posible deba esperar a la hora de hacer su check-in o check-out en áreas destinadas para ello.

 a.- Solicitar e incentivar el uso de medios digitales de pagos. En caso de que el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán desinfectar tanto la tarjeta como el posnet utilizado con solución de agua y alcohol manipulados por una única persona (Cajero)

b.- Adelantar por mail u otro medio electrónico la ficha de registro, junto con un cuestionario sobre Covid-19, los cuales podrían ser preferentemente enviados o entregados al momento de ingresar al establecimiento.

c.- Garantizar un periodo de tiempo de por lo menos 6 horas entre ocupaciones de una misma habitación/departamento, a fin de garantizar la limpieza y desinfección completas de superficies, elementos y equipos de cada unidad habitacional.

6.4.- Checkin y checkout

 a.- Cumplir durante los procesos de checkin y checkout las pautas de higiene y seguridad, así como el distanciamiento establecidos.

 b.- Habilitar, de ser posible, el pre-check-in virtual, el día anterior o previo a la llegada para que el proceso sea más rápido.

c.- De no haber recibido por mail el cuestionario sobre Covid-19, consultar a los huéspedes en el momento del check-in. De presentar síntomas compatibles con casos sospechosos de COVID-19.

d.- Incorporar, en la medida que sea posible, medios digitales al proceso del check in y check-out tales como uso de plataformas o aplicaciones que le faciliten al cliente la carga de información personal que le sea requerida y que permitan reducir el contacto directo.

11. Detección de un caso sospechoso en un establecimiento En este aspecto, se tomarán en consideración las recomendaciones que el Ministerio de Salud tiene a disposición del público en su página web Coronavirus | Argentina.gob.ar de actualización periódica, incluyendo las recomendaciones más actuales y adaptadas a las circunstancias cambiantes.

11.1.- En los casos en que pudieran presentarse síntomas compatibles con la enfermedad (tos, fiebre, sensación de falta de aire, etc.), en el personal o en un huésped durante su estadía en el establecimiento se recomienda dar aviso al servicio de área protegida contratado por el establecimiento o al 107.

11.2.- Hasta que intervengan las autoridades sanitarias, deberán permanecer en su habitación, donde no tenga contacto con otras personas y extremarse las medidas de higiene respiratoria (taparse con el codo flexionado la boca al toser o estornudar…), lavado de manos y distanciamiento social (evitar contacto o cercanía a otras personas).
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11.3.- La empresa procederá a su notificación al servicio de prevención para que éste adopte las medidas oportunas y cumpla con los requisitos de notificación que establece el Ministerio de Salud.

Para acceder al Protocolo completo, hacer clic aquí o descargar el siguiente archivo:
protocolo-para-alojamientos-turísticos.pdf
File Size: 338 kb
File Type: pdf
Descargar archivo

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Barrio Rincón del Este, V. de Merlo, San Luis (AR)
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